domingo, 12 de enero de 2014

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Ley de Fundaciones y Cajas de Ahorro, La Italianización de las Cajas


La regulación española sigue los pasos de la Ley Amato - Las fundaciones aún influyen en algunos bancos de Italia, aunque se intentó forzar que perdieran su control

A tres días de acabar el año, el Gobierno publicó en el BOE la Ley de Fundaciones y Cajas de Ahorro, que da la puntilla al sector del ahorro español, nacido como tal en 1834. De las 45 que había antes de la crisis, sobreviven como cajas 21, pero la inmensa mayoría están obligadas a transformarse en fundaciones, a pesar de que solo siete tienen participaciones de control sobre los bancos que gestionan su antiguo negocio financiero. La nueva ley, inspirada en el modelo italiano, incentiva que reduzcan su peso en el capital

La Ley de Fundaciones Bancarias y Cajas de Ahorros, que acaba de entrar en vigor y que obligará a las cajas de cierto tamaño (todas menos dos) a convertirse antes de que termine este año en una nueva figura denominada fundación bancaria, supone el definitivo empuje legislativo para la italianización del sector de las cajas de ahorros españolas, que hasta la actual crisis económica representó algo más del 50% del negocio financiero nacional.

La nueva norma -e incluso en determinados aspectos algunas de las anteriores que se dictaron en plena crisis financiera- sigue el modelo de transformación de sus cajas de ahorros que Italia puso en marcha en 1990 con la llamada Ley Amato-Carli y algunas directivas y decretos posteriores.

Hasta 2010 España contaba con 45 cajas de ahorros en un país que llegó a tener 80 en el pasado. En tres años, las 45 cajas españolas se han reducido a 21. Las 24 restantes no han podido sobrevivir a la crisis y han desaparecido. Son las 21 supervivientes las que -con la excepción de dos minúsculas, que seguirán siendo cajas- deberán reconvertirse antes de fin de año en fundaciones bancarias.

De estas 21 cajas que han logrado perdurar tras el terremoto financiero, solo 7 lideran y mantienen la mayoría de control en sus respectivos negocios financieros. Se trata de la catalana La Caixa, que es hegemónica en CaixaBank; la vizcaína BBK en Kutxa Bank; la aragonesa Ibercaja en Ibercaja Banco, la malagueña Unicaja en Unicaja Banco y la asturiana Cajastur en Liberbank, junto con las pequeñas cajas Caixa Ontiyent (Comunidad Valenciana) y Caixa Pollença (Baleares). Caja Murcia perdió el año pasado la condición de mayor accionista del banco BMN en beneficio del fondo estatal FROB.

La Ley Amato, que entró en vigor el 30 de julio de 1990, supuso -al igual que pretende la actual norma española- que las cajas italianas escindieran su actividad en dos entidades diferentes: el negocio financiero de las cajas se traspasó a una sociedad anónima bancaria y las funciones sociales de las cajas se reorganizaron con el carácter de fundación.

La justificación -al igual que ahora en España- fue que las cajas, al no tener accionistas ni disponer de una configuración como sociedad mercantil, estaban imposibilitadas, dado que carecían de accionistas, para recapitalizarse mediante ampliaciones de capital para hacer frente a periodos de dificultad financiera y tensiones de solvencia.

El traspaso del negocio financiero a un banco (a una sociedad anónima filial o participada) debía permitir, a juicio del legislador, la captación de capitales en caso de crisis, las fusiones y otras operaciones corporativas y dificultar la politización de la gestión financiera. Al igual que ahora en España, toda esta transformación radical de un modelo vigente desde hacía varios siglos se planteó como una opción voluntaria pero acabó siendo un imperativo legal.

El 18 de noviembre de 1994 se dio un paso más en Italia con la llamada Ley número 474 y la también conocida como Directiva Dini, que forzó a las nuevas fundaciones a reducir su participación en los bancos. La justificación fue propiciar una diversificación del patrimonio de las cajas y hacerlas menos dependientes de sus negocios bancarios. El tercer paso se dio con el Decreto-ley Ciampi (1998) y con otro decreto legislativo de 1999 con los que se prohibió que las fundaciones tuviesen posiciones mayoritarias en los bancos a los que habían transferido sus negocios financieros.

En España, la actual ley incorpora incentivos y elementos disuasorios con el fin de que las cajas reduzcan de forma progresiva su actual peso accionarial en sus bancos, al imponerles mayores exigencias regulatorias si una caja o varias que estén aliadas superan el 30% de participación y aún más rigurosas si rebasan el 50%. Al final, el legislador español renunció a su voluntad inicial de abocar de forma más determinante a las cajas a disminuir su peso accionarial en sus filiales bancarias.

En el anteproyecto de la ley se prohibía a las cajas que pudieran acudir a las ampliaciones de capital futuras de sus bancos para mantener o aumentar su cuota accionarial. Ahora sí se les permitirá este tipo de operaciones, aunque en los consejos y en las juntas generales de sus bancos las acciones que adquieran las cajas partícipes mediante futuras suscripciones de ampliaciones de capital (no así las que dispongan a resultas de la fundación del banco) carecerán de derecho de voto en el tramo en el que con ellas las cajas rebasen el 49,99% de las acciones totales de la entidad bancaria.

En Italia, aunque hubo voluntad expresa de que las cajas no tuvieran participaciones mayoritarias y de control en los bancos, la experiencia indica que, aun con porcentajes bajos, siguen dominando algunos grupos bancarios relevantes. El ejemplo que siempre se cita es el de Unicredit, la principal entidad italiana, y en la que las antiguas cajas del país, con el 11%, aún mantienen el control.

Las cajas de ahorros españolas surgieron a partir de 1834, pero sobre la experiencia de los montes de piedad, cuyo origen se remonta al siglo XVIII. Las cajas ya eran fundaciones antes de la actual ley. Según la definición de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), las cajas de ahorros son "entidades financieras sin ánimo de lucro" constituidas como "fundaciones de naturaleza privada" y "con finalidad social".
Javier Cuartas

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1 comentarios:

  1. El objetivo; cargarse a las cajas pequeñas esta cumplido. Toda la artilleria mediatica ha hecho muy bien su labor. Faine, como caballo de Troya en la CECA, ha puesto la guinda de la traicion.
    Botin, Gonzalez y Nin ya estan tranquilos.

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