lunes, 25 de abril de 2016

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Cerco judicial para vigilar las horas extra en la banca

Las entidades, obligadas a registrar la jornada de sus empleados. Así lo establecen dos sentencias para Bankia y Abanca. Santander, BBVA y Popular intentan negociar, y Sabadell espera fallo judicial.

Bankia y Abanca deben registrar diariamente la jornada de trabajo de sus empleados aunque no se realicen horas extraordinarias. Así lo ha establecido la Audiencia Nacional en dos sentencias que imponen una obligación a las entidades que supondrá más costes laborales y organizativos en plena reestructuración del sector, según apuntan juristas y sindicatos consultados. El conflicto tuvo su origen en Bankia, y luego se extendió a Abanca ySabadell, además de Santander, BBVA y Popular.
El objetivo de los sindicatos es tener mayor control sobre la jornada efectiva de cada empleado y que se reconozcan las horas que la sobrepasen. Para que las horas extra sean reconocidas, tienen que ser voluntarias, debe haber un requerimiento previo por parte del superior al empleado de que permanezca más tiempo y una aceptación explícita por parte del trabajador.
Una vez que se demuestre que se sobrepasa la jornada, lo que se pretende con este registro diario, la empresa deberá reconocer la existencia de horas extra y pagarlas a cada empleado, con su correspondiente cotización a la SeguridadSocial. Las horas extra son más caras que las ordinarias, ya que cotizan en torno al 35% frente a un 28%.
Los representantes de los trabajadores tendrán acceso a este registro, derecho que establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 64. Fuentes de los sindicatos afectados reconocen que este conflicto remite a épocas pasadas, cuando la mayoría de entidades llevaban años sin fichar. Juan José Giner, secretario general de sector financiero de CCOO, subraya que obedece al intento de "parar la prolongación descontrolada de jornadas en un contexto de presión por incrementar la productividad".
Las dos sentencias de la Audiencia consideran que la obligación de registro de la jornada de cada trabajador que establece el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores se extiende a todos los casos y no queda condicionada a la realización efectiva de horas extra. Según el citado artículo, "a efectos del cómputo de las horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador", y de acuerdo a la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 1561/1995, los representantes de los trabajadores tendrán derecho a recibir copia de los citados resúmenes de la jornada.
La Audiencia zanja ahora las dudas que planteaba esta cuestión y entiende que no se puede vincular el registro de jornada a la realización de horas extras, porque si no se dispone de dicho registro, es materialmente imposible saber si un trabajador ha realizado o no una jornada por encima de la pactada. Y a este respecto, cree que resulta indiferente el que en la empresa exista un horario flexible o el hecho de que una parte de la jornada pueda llevarse a cabo fuera del centro de trabajo.
El pasado miércoles, se celebró en la Audiencia Nacional el juicio que afecta a Sabadell, cuyo fallo se conocerá, previsiblemente, esta semana En cuanto a Santander, BBVA y Popular, han pactado con los sindicatos arbitrar un acto de conciliación para tratar de resolver el conflicto.De no conseguirlo en los plazos que se han marcado, que oscilan entre junio y septiembre, los trabajadores acudirán a los tribunales.
Alfredo Aspra, socio de Laboral de CMS, apunta que "las entidades deberán desarrollar normativas internas para clarificar en qué situaciones se entenderá que existe trabajo efectivo y en cuáles no", y cree que una incorrecta utilización de dicha obligación "implicará mayores impedimentos para la gestión eficaz de un sector ya de por sí muy competitivo".
Fermín Guardiola, socio de laboral de Baker & McKenzie, advierte de que "el registro diario puede ser una carga burocrática excesiva para las empresas pequeñas y medianas que se traducirá en mayores costes laborales y de gestión". Según Guardiola, "casa mal con formas de trabajo flexibles, en las que los empleados se conectan y desconectan de manera intermitente, por ejemplo buscando conciliar familia y trabajo. El teletrabajo offline es un ejemplo. Esto puede desincentivar el avance de formas flexibles de trabajo".

Unas sentencias que llegan con el nuevo convenio

La patronal bancaria y los sindicatos han alcanzado un acuerdo que prevé una subida salarial del 4,75 % a lo largo de cuatro años y de la que se beneficiarán casi 100.000 empleados en España. Tras catorce meses de negociaciones, la Asociación Española de Banca (AEB) y CCOO y UGT firmaron el XXIII Convenio Colectivo Estatal, que estará vigente hasta 2018. Aunque se había especulado con la inclusión de la jornada de tarde, finalmente el convenio no prevé novedades en este asunto, que según fuentes de los sindicatos, habría sido una "forma de revestir de legalidad la prolongación de las jornadas". Los representantes de los trabajadores prefieren negociar el control de la jornada con las entidades que lograrlo con sentencia judicial, apuntan.
MERCEDES SERRALLER

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