martes, 26 de enero de 2016

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El Banco de España adelanta la nueva normativa de la Comisión Europea prevista para 2018

El supervisor adelanta la nueva normativa de la Comisión Europea prevista para 2018 con una nueva metodología en el cálculo de provisiones de las entidades financieras. Entrará en vigor a partir de junio de este año. El objetivo es reforzar la gestión del riesgo de crédito, la correcta clasificación de las operaciones y la solidez de las estimaciones de provisiones.


El Banco de España ha comunicado el proyecto de circular de nueva metodología contable al sector. Hasta el 19 de febrero está sometido a fase de consultas y puede tener modificaciones para estar lista su aplicación a partir del 30 de junio. De esta forma, el supervisor se adelanta a la nueva normativa contable de empresas, elaborada por el International Accounting Standard, y que será adoptada por la Comisión Europea y de obligado cumplimiento en 2018.
Desde el supervisor aseguran a DIRIGENTES que no producirán un gran cambio en la contabilidad final de los bancos. Pero si en los métodos de cálculos. En el proyecto de circular, el Banco de España destaca que "las mejoras no tienen naturaleza transitoria y aun cuando se adopte la NIIF 9 en la Unión Europea, permanecerán vigentes los criterios introducidos". Justica la nueva normativa con el objetivo de reforzar la gestión del riesgo de crédito, la correcta clasificación de las operaciones, la solidez de las estimaciones de provisiones y el adecuado tratamiento de las garantías reales a efectos contables.
La principal novedad reside en la introducción del método por pérdida esperada. Hasta ahora las entidades financieros provisionaban un crédito de forma progresiva cuando había indicio de impago, sin entrar en mora,  lo que se conocía como riesgo subestándar. Con la entrada en vigor la nueva normativa, estos créditos pasarán a la categoría de "especial vigilancia" y serán provisionados en su totalidad, en lugar de forma progresiva.
Otro de los cambios introducidos por el Banco de España es la sustitución de la provisión genérica por una provisión colectiva cuyo criterio de cálculo también se realizará atendiendo a las probabilidades de pérdida esperada. La provisión genérica ha traído más de un quebradero de cabeza al sector con el BCE, ya que era una exigencia de capital exclusivo de España y en las pruebas de resistencia del regulador ha costado que lo tuviera en cuenta. Se diseñó como un colchón anticíclico de capital de la banca en relación con el volumen de préstamos para cuando la situación económica no carburara. El BCE ha desarrollado su propio sistema para evitar sobresaltos en las entidades financieras de forma colectiva.
Para compensar lo que podría ser una mayor imposición de provisiones, la nueva circular incluye mayor flexibilidad para liberar provisiones en activos adjudicados, una vez que se justifique la probabilidad de darles salida. Hasta ahora hasta que no se vendían no se trasladaba pérdidas a la provisión realizada.
Desde el sector se asegura que el nuevo criterio de provisiones apenas tendrá incidencia en entidades con una cartera de créditos de mayor calidad que implique una menor morosidad. Sin embargo, aquellas con la morosidad más elevada y peor calidad en sus préstamos se verán más afectadas.
http://www.dirigentesdigital.com/articulo/economia-y-empresas/230550/banco/espana/castiga/entidades/mayor/morosidad.html

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