viernes, 19 de febrero de 2016

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Cómo afrontar el acoso laboral

“La violencia es el último reducto del incompetente” Isaac Asimov
La primera nota que define el mobbing es la tendenciosidad, es decir, la clara intención por parte del acosador, de lograr que la víctima dimita o se cambie de trabajo.

Especialmente destinado a aquell@s jefecill@s que no tienen lo necesario para ser de jefes y por tanto deben recurrir al acoso para gestionar a su grupo de profesionales. Del mismo modo a tod@s l@s "profesionales", que piensan que en el ámbito del desempeño de su trabajo se incluye el atacar a sus compañer@s, con el objeto de agradar a sus superiores y/o supuestamente a la empresa. Y por supuesto a todos y a todas las personas que por desgracia tienen que sufrir a diario esta lacra en su propia persona, a ell@s transmitiros que hay luz al final del camino.
DDR
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El acoso laboral o mobbing es un problema de primera magnitud con graves consecuencias para las personas que lo sufren (dificultades de concentración y memoria, irritabilidad, ansiedad, alteraciones del sueño, disminución de la autoestima, aislamiento, problemas familiares, tendencias suicidas….), para la empresa(disminución del rendimiento, empeoramiento del clima laboral, aumento de la accidentalidad, deterioro de la reputación…) y para la sociedad (bajas laborales, costes de tratamientos médicos, jubilaciones anticipadas…)
En general, tratar a la víctima de forma diferente y discriminatoria respecto al resto de compañeros, tanto por agresividad como por exclusión o indiferencia.Pero, ¿cómo reconocer que existe la situación de acoso laboral? El profesor de la Universidad de Alcalá, Iñaki Piñuel, uno de los principales expertos españoles en este campo, señala numerosos síntomas que nos identifican una situación de mobbing en el trabajo, si se mantienen durante más de seis meses y, al menos, dos veces por semana. Los que creo más representativos son los siguientes:
  • Gritos, insultos, agresiones verbales, tanto a solas como en presencia de terceros.
  • Difamación, difusión de información falsa, menosprecio público de su trabajo, intentando desprestigiar a la víctima
  • Presión excesiva y diferente al resto de compañeros. Asignación de proyectos u objetivos claramente inalcanzables, fijación de plazos irrealizables, sometimiento a situaciones de estrés extremo...
  • Limitación de la posibilidad de progreso, vetando los cursos que pueda realizar, los proyectos que pueda presentar o las promociones internas a las que pueda optar y siempre de manera discriminatoria
  • Castigos por incumplimientos desproporcionados y diferentes al resto, por llegar tarde por ejemplo
  • Ocultar información vital para el cumplimiento de su trabajo y luego acusarle de negligencia profesional
  • Quitarle responsabilidades clave y asignar a la víctima tareas rutinarias o incluso ningún tipo de trabajo
  • Animar o incluso obligar a otros compañeros a participar en cualquiera de las actitudes anteriores
Se podría incluir también el acoso sexual, aunque tiene características algo específicas e intentaré tratarlo más en detalle en otra entrada.
¿Qué podemos hacer si nos encontramos en esta situación? Rosario Peña, autora del libro “Cómo enfrentarse al acoso laboral o mobbing “,  recomienda las siguientes acciones si sientes que estás siendo objeto de mobbing:
  • Realiza todas tus comunicaciones por escrito, con registro de entrada o prueba que se pueda constatar como correo electrónico, y exige que las instrucciones o contestaciones también se te hagan por escrito.
  • Guarda todos los documentos o comunicados que puedan demostrar el acoso (encargo de tareas, órdenes, cambios de puesto, retiradas de despacho o teléfonos….)
  • No hagas nada que sepas que es ilegal
  • Explica lo que te ocurre a tu círculo más próximo, familia y amigos
  • No reacciones jamás ante un insulto o provocación de forma emocional. No es fácil mantener la calma (puede ser conveniente utilizar alguna técnica de relajación), pero recuerda que tus reacciones pueden utilizarse para desprestigiarte aún más.
  • Inicia un diario donde vayas anotando las fechas y lo que se va pasando en cada momento, tanto los hechos como las reacciones físicas y psicológicas que provoca en ti
  • Graba todo lo que puedas, bien en vídeo o simplemente en audio si sufres de ofensas verbales. Si apareces en la grabación, se puede utilizar como prueba en un juicio
  • Sé prudente con qué compañeros de trabajo comentas tu problema. No es malo que otros compañeros conozcan el problema, pero tampoco sabes bien con quién puedes contar de verdad. Si lo comentas con un jefe, graba la conversación o bien, realiza una denuncia por escrito directamente
  • Pide la baja si la situación no mejora. Guarda todos los partes de baja e informes médicos
A estas recomendaciones, añadiría la conveniencia de no demorar el afrontar el problema y de recurrir a un profesional cualificado (médico, psicólogo o coach), si nuestro equilibrio emocional está en peligro por esta situación. Y, por supuesto, queda la vía de pasar al ataque y denunciar la situación, siguiendo los siguientes pasos:
  • Ponerlo en conocimiento del Comité de Seguridad y Salud de la empresa, si lo tiene. o de losrepresentantes sindicales
  • Informar a la empresa de la situación antes de poner una denuncia, ya que el empresario es responsable de los daños que sus trabajadores sufran en su empresa. Esta comunicación debe realizarse por escrito, con acuse de recibo, y en su redacción es conveniente asesorarse por un abogado. A partir de ese momento, el trabajador deberá exigir la presencia de un representante legal o sindical en cualquier reunión a la que sea citado
  • Presentar denuncia administrativa ante la Inspección de Trabajo, aportando todas las pruebas que hayamos recopilado
  • Presentar denuncia ante los tribunales de justicia contra el acosador y/o la empresa
En el Código Civil español, el acoso laboral está tipificado como un delito de torturas y contra la integridad moral y vulnera artículos de la Constitución, Estatuto de los Trabajadores, Ley General de Sanidad, Ley General de Seguridad Social y Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que existe una suficiente base legal para denunciar este delito por vía civil, penal y laboral.
Es un tema realmente espinoso, que puede generar mucho sufrimiento y no debe tomarse a ligera.
Alfredo Fernández Lorenzo

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