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viernes, 2 de agosto de 2013

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Condena a CaixaBank "La Caixa" en Leganés

El Juzgado ha mencionado los fallos de Reino Unido y Alemania que condenan la colocación fraudulenta de swaps en una sentencia más del letrado asturiano Marcelino Tamargo.

La Caixa (slide)
El Juzgado de Primera Instancia número tres de Leganés ha declarado la nulidad de un contrato swap suscrito por dos particulares en 2008. La Caixa no informó correctamente del funcionamiento y riesgos que suponía el producto. ¿Y que ha pasado con los compañeros que intermediaron en esta operación?, ¿Cual ha sido el tratamiento que la empresa ha procesado con el o ella?. 

A la hora de la verdad estamos solos ante la ley, así que mucho cuidadito con la norma y la legalidad, y a paseo los objetivos y las presiones en el tratamiento a nuestros clientes, porque insistimos A LA HORA DE LA VERDAD ESTAMOS SÓLOS ANTE LA LEY

Los demandantes aceptaron el contrato pensando que se trataba de una cobertura frente a la subida de los tipos de interés. En ningún momento se les realizó ninguna simulación sobre los distintos escenarios de evolución del producto. Tampoco se explicó el riesgo de liquidaciones en caso de bajada de los tipos ni la cantidad que podía alcanzar el coste de cancelación. Solo se realizó un test de conveniencia que ha sido calificado por el Juez como genérico, sin aclaraciones o información complementaria que ayudara al cliente a entender por qué tipo de conocimientos se le consultaba.

El único documento aportado por la entidad ha sido una ficha del producto denominada “coberturas de tipo de interés” con una serie de características genéricas para todo tipo de operaciones y que desde luego no permite individualizar la operación concreta y ni si quiera que pueda ser aplicables a este tipo de contrato.

Por ello, la sentencia ha estimado la existencia de error y vicio en el consentimiento durante la contratación del producto, obligando a La Caixa a reembolsar las liquidaciones negativas ejecutadas a los dos afectados.

Asimismo, el Juez ha mencionado el fallo de la Corte Federal Alemana que advierte de la obligación que tienen los bancos de informar al cliente del desequilibrio entre en relación al riesgo y oportunidad de cada una de las partes a la hora de suscribir un swap.

Además, se reseña otros casos internacionales como las condenas en Reino Unido a los bancos por colocación fraudulenta y engañosa de swaps a pymes (misselling).
[Fuente: ASUAPEDEFIN]

Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez. Banco: Bankinter. Producto: Swaps. Perfil: Particular. PDF:S_130311_LACAIXA_JPI3_LEGANES_particular_sin.pdf


BASTA YA DE FORZAR Y OBLIGAR A TRABAJAR FUERA DE HORARIOS EN CAIXABANK "LA CAIXA"

lunes, 14 de enero de 2013

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Navarra vuelve a condenar a La Caixa

Nueva confirmación a una permuta financiera. En esta ocasión, La Caixa se verá obligada a devolver más de 5.000 euros a un cliente en Navarra. Los magistrados consideran que no recibió la información que le correspondía según su perfil de inversión. (Por lo tanto cuidado con la información que facilitamos a  nuestros clientes, es preferible un trabajo profesional bien realizado, que mucho volumen con deficiencias informativas, etc , esta segunda opción nos puede traer sorpresas futuras)

La Caixa (slide)

La Audiencia de Navarra ha confirmado la condena a La Caixa. De esta forma, el cliente recuperará las pérdidas producidas por la contratación de una permuta financiera y que ascienden a 5.184 euros.
Para los magistrados de la sección primera de la Audiencia, ha quedado demostrado que La Caixa no informó de manera correcta de todo lo relativo al swap ni, mucho menos, las posibles consecuencias económicas a su cliente. Algo que sí debía haber hecho, pues califican al cliente como minorista, por lo que debe recibir un trato acorde con su perfil.
Los jueces se apoyan en el test idoneidad para calificar al cliente. En él, se revela que el contratante tiene unos conocimientos genéricosde mercado de valores y de los instrumentos financieros”. Además, en él afirmó que estaría dispuesto a asumir pérdidas a cambio de “una mayor rentabilidad de la esperada”, algo que nunca sucedió.

Dirección letrada: Ignacio José Ferrer-Bonsoms Hernández
Banco: CaixaBank, S.A. (La Caixa)
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF:S_121221_LACAIXA_AP1_NAVARRA_REVOCA_120222_JPI4_PAMPLON

miércoles, 17 de octubre de 2012

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La Audiencia Provincial de Asturias condena a La Caixa por un IRS

La Audiencia de Asturias vuelve a condenar la colocación de permutas financieras. En este caso ha confirmado la anulación de un IRS del La Caixa a cliente particular. Para los magistrados la ausencia de información sobre los aspectos principales del contrato, produjo un conocimiento equivocado sobre el riesgo que asumía con la permuta.

Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la condena a La Caixa por la colocación de una permuta financiera a un particular. De esta manera, la entidad financiera deberá devolver más de 5.000 euros a su cliente derivados de las liquidaciones del IRS y anular el contrato entre las partes.
Para la sección quinta de la Audiencia de Oviedo, las ausencias de información por parte de La Caixa “sobre los aspectos principales del contrato y el producto provocaron en el cliente un “conocimiento equivocado sobre el verdadero riesgo que asumía. Esto para los magistrados es un elemento esencial para invalidar el consentimiento del acuerdo.
La Caixa alegó en su apelación que la ausencia de información sobre el producto que quedaba “subsanada” por la lectura del contrato. Sin embargo, la sala cree que no puede quedar solventada con una parte del contrato en el que no se menciona la posibilidad de que el cliente pueda pagar alguna cantidad.
Según la sentencia, en el contrato no se indicaba en ningún lugar “cuáles eran los cálculos sobre las liquidaciones o cómo se hacían”. Además, La Caixa no pudo presentar durante el juicio los ejemplos sobre las simulaciones en los diferentes escenarios del producto.
Los magistrados afirman que el cliente no es “minorista, sino un particular” que no tiene nada que ver profesionalmente con “el mundo de las inversiones”. Por ello, determinan que con la “máxima contundencia” que las características especulativas del producto se “deba maximizar el deber de información exigible al banco. Con ello, esta sentencia confirma la emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pola de Siero.

Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: CaixaBank (La Caixa)
Producto: IRS
Perfil: Particular


Cópia de la Sentencia : Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pola de Siero.
Gracias ASUAPEDEFIN