En la reunión de esta tarde, primera del periodo de consultas, se ha presentado plataforma cunjunta de los sindicatos CCOO, SECPB, y UGT, con la siguiente propuesta, que os dejamos para vuestra valoración, no perdamos de vista lo que Caixabank ha puesto encima de la mesa en la reunión de esta mañana,
ERE CaixaBank "La Caixa": Quinta reunión de la mesa negociadora entre sindicatos y empresa PROPUESTA DE LA EMPRESA
PROPUESTA DE LA PLATAFORMA CONJUNTA DE CCOO, SECPB, Y UGT
PREJUBILACIONES (vía ERE como despido colectivo art.51 ET)
Edad de acceso
Nacidos en los años 1954, 1955, 1956, 1957, 1958 y 1959
Momento del
acceso
Repartido entre 2013, 2014 y 2015 (tres años): 1954 salida inmediata, 1955 segundo semestre 2013, 1956 primer semestre 2014, 1957 segundo
semestre 2014, 1958 primer semestre 2015, 1959 segundo semestre 2015
Cobertura
Hasta los 63 años (o hasta 2 años antes de la edad ordinaria de jubilación)
Importe
65% de la
retribución fija bruta anual percibida en los últimos 12 meses. Se excluyen bonus, pagos únicos compensatorios y
similares. Detallar
conceptos que no entran en anexo. Buscar fórmulas de compensación en los casos en que se supere el exento fiscal.
Forma de cobro
Renta mensual o importe único, a
elección de la
persona prejubilada
Revalorización,
importe /tasa, descuento
Revalorización anual en el mismo porcentaje que el sueldo base del convenio de referencia
Convenio Especial
Hasta los 63 años (o hasta 2 años antes de la primera edad de
jubilación)
Revalorización convenio especial
La misma que las bases máximas
Descuento importe prestación desempleo
Sin descuento
Tope máximo
Sin tope de ningún tipo
Fiscalidad
Exento hasta límites legales indemnización
Obligatoriedad
No para el trabajador, sí para la empresa
Plan de Pensiones: aportación para
jubilación
Se mantienen como partícipes con la
misma aportación que tenían en el mes anterior a la
prejubilación
revalorizada cada 1 de enero al 1% anual, hasta la jubilación
Plan de Pensiones: Pensiones cobertura de
riesgos
Se mantienen hasta la
jubilación
Plan de Pensiones: liquidez
En los supuestos de cobro del
importe único, podría contemplarse, a
opción de la persona interesada, la
posibilidad de poder movilizar sus derechos consolidados siempre que renunciara a
las
aportaciones futuras y a la cobertura de riesgos
Otros beneficios sociales
Póliza sanitaria gratuita. En el momento de la
jubilación pasa cargo de la
persona jubilada en condiciones preferentes.
Condiciones financieras
Las establecidas para el personal pasivo: 1ª cuenta Euribor, 2ª cuenta Euribor – 0,10,
tarjetas sin comisiones: 1 Visa Oro y dos Visa Estrella,
préstamo
personal hasta 30.000 euros a Euribor + 0,30). Exención de comisiones en las mismas condiciones que el personal activo
Préstamos vigentes /cuenta de crédito
Se mantienen los préstamos vigentes en condiciones de empleado hasta su amortización definitiva
Anticipos vigentes
Préstamo personal para sustituir anticipo
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios
Otros requisitos
No realizar ningún tipo de actividad por cuenta propia o ajena que suponga competencia
con las que realiza CaixaBank
BAJAS INDEMNIZADAS (*)
(*) Hay que tener en cuenta que sigue vigente el ERE de Banca Cívica, con bajas indemnizadas a 35 días por año.
Acceso
Voluntario para la persona, obligatorio para la
empresa.
Limitación acceso
Posibilidad de establecer númerus clausus si las solicitudes superan las
ofertas en un ámbito determinado (provincia o comunidad autónoma). El
número ofertado será establecido previamente y las
solicitudes se atenderán de acuerdo a criterios objetivos (antigüedad, enfermedad, …).
Indemnización
50 días por año.
Cálculo
Establecer qué conceptos no entran para el cálculo.
Límites
Sin límite.
Prima antigüedad adicional
5.000 euros adicionales por cada tres años cumplidos (sin límites).
Importe mínimo
2 anualidades (sin límites).
Importe máximo
Sin importe máximo.
Fiscalidad
Indemnización total exenta hasta los límites legales (resto renta irregular).
Prestación por desempleo
Si.
Fecha de efectos
Inmediata a
partir de la firma del ERE /
Fijar un plazo para las salidas hasta un fecha determinada.
Plan de Pensiones
Pasan a
partícipes en suspenso, con posibilidad de movilizar los derechos consolidados.
Otros beneficios sociales
En el momento de la extinción posibilidad de
adscripción sin condiciones a la póliza 5001 (ni carencia ni cuestionario de
salud)
Condiciones financieras
Condiciones preferentes.
Préstamos vivienda
Período previo opcional de mantenimiento de las condiciones durante un tiempo de 5 años. Reconversión
a condiciones preferentes de cliente (por ejemplo Euribor + 0,30). Garantía hipotecaria. Posibilidad ampliación
plazo. Posibilidad de incluir gastos de formalización. Sin límites por tasación.
Posibilidad de refinanciar otras deudas si la tasación lo permite.
Préstamos personales, cuentas crédito
anticipos
Deberán cancelarse o reconvertirse a condiciones
de cliente. En ests caso, se tramitará un nuevo préstamo personal amortizable
con las siguientes condiciones especiales:
·
Préstamo personal amortizable
·
Amortización mensual
·
Sin carencia
·
EURIBOR (ANUAL*)+1,25
·
Revisión anual
·
Plazo máximo 7 años
·
Límite máximo deuda vigente
·
Sin mínimo (floor)
·
Sin comisiones
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios.
EXCEDENCIAS INCENTIVADAS
Duración
Entre 3 y
5 años, según voluntad persona.
Requisitos acceso
Acceso voluntario. Concesión obligatoria para la
empresa.
Limitaciones acceso
Posibilidad de establecer númerus clausus si las solicitudes superan las ofertas en un ámbito determinado (provincia o comunidad autónoma). El
número ofertado será establecido previamente y las
solicitudes se atenderán de acuerdo a
criterios objetivos (conciliación, etc.).
Efectos
Inmediata a
partir de la firma del ERE /
Fijar un plazo para las salidas hasta una fecha determinada.
Importe complemento
40% de la retribución fija bruta anual percibida en los últimos 12
meses, con u mínimo de 15.000 euros anuales y un máximo de 25.000 euros.
Revalorización
La misma que experimente el salario base del convenio colectivo de aplicación.
Cálculo
Establecer con claridad qué conceptos entran para el cálculo (o en su defecto hacer una lista cerrada de los que no entran).
Plan de Pensiones: aportación para
jubilación
Se mantienen como partícipes con la
misma aportación que tenían en el mes anterior a la
excedencia, hasta su reingreso.
Plan de Pensiones: aportación para
riesgos
Se mantienen hasta su reingreso.
Beneficios sociales
Mantenimiento de la
póliza sanitaria gratuita.
Préstamos vivienda
Posibilidad de suspender amortización de capital hasta
reingreso.
Préstamos personales
Posibilidad de suspender amortización de capital hasta
reingreso.
Anticipos
Suspensión opcional amortización hasta reingreso.
Condiciones financieras
Mantenimiento de las condiciones de activo.
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios
percibidos.
Reingreso
A la finalización de la excedencia, reingreso inmediato en el centro de trabajo de origen o
en otro centro en un radio máximo de 25 kms. En el caso de que la
persona opte por no reingresar al finalizar la
excedencia, tendrá derecho a las compensaciones establecidas para las bajas indemnizadas.
REQUISITOS
Personal en situación de contrato
Reincorporación personal en situación de suspensión de contrato en la
fecha prevista, a menos que se acoja a
alguna de las medidas ofertadas, o
que
voluntariamente opte por prorrogar un año más la suspensión, tanto si la
suspensión fue voluntaria como si fue forzosa.
Cláusula de cierre
No inclusión de ninguna cláusula de cierre.
______________________________________________
PRONUNCIAMIENTO DE CIC-FEC SOBRE LA NEGOCIACIÓN
PRIMERO: CIERRE DE LA MESANEGOCIADORA
Atendiendo a la aplicación inminente del endurecimiento
en las condiciones de acceso a la jubilación anticipada, del RD ley
5/2013 de 16 de marzo de 2013, y con la finalidad de favorecer la
salida
de
los empleados
susceptibles de acogerse a la
medida voluntaria de
prejubilación que
pueda quedar
recogida en el
PRETENDIDO
acuerdo
de la
mesa de
negociación de ERE, CIC-FEC, damos conformidad al cierre de la mesa de consultas amparada en la Disposición Adicional Segunda del Convenio de Cajas de Ahorro 2011-2014, y apertura de la mesa oficial de negociación por el procedimiento establecido en el artículo 51, a petición de la empresa.
Además, queremos hacer constar que así nos evitaremos perder el tiempo una semana más, ya que en el período desde la constitución de la mesa hasta hoy,
en las reuniones sólo ha
habido teatro, y en algunos casos teatro del malo; en ningún momento se ha negociado,
ni
se han buscado soluciones alternativas al despido colectivo. Además se han rechazado
las propuestas
de
medidas coyunturales que hemos puesto
encima de la
mesa
por
nuestra parte, sin ningún tipo de razonamiento o explicación.
En fin, que la negociación de buena fe ha brillado por su ausencia, y se ha construido una
apariencia de negociación que nunca se ha dado,
como se demuestra en las actas,
con lo que consideramos que no se ha cumplido con lo establecido en la Disposición Adicional segunda del Convenio de Cajas de Ahorro.
CIC-FEC nos ratificamos en las intervenciones realizadas hasta la fecha, y reiteramos que a
fecha de hoy estamos ante causas coyunturales y no estructurales.
SEGUNDO: APERTURA DE LA MESA NEGOCIADORA
ART51 ET
Al inicio
de esta
mesa negociadora, y dado que
ya tenemos
unos antecedentes
CIC-FEC
queremos manifestar lo siguiente:
Según el informe técnico de CMC, CaixaBank ha
implantado medidas de contención de gastos de explotación. Se pretende justificar que la única medida posible para el ajuste futuro del
gasto es la partida de gastos de personal.
CIC-FEC, concluye que la empresa CMC ha realizado un mal uso de la información puesta a su
disposición, utilizando las fechas y los datos a su favor para llegar a unas conclusiones que
justifiquen el cumplimiento de las causas organizativas y productivas que pretende alegar la empresa CaixaBank.
Por todo ello, el informe técnico presentado, resulta sumamente cuestionable y carente de
credibilidad y rigor, además
de
contener fragmentos plagiados del informe sectorial elaborado por la empresa
AT Kearney, empresa que sí es
especialista
en el sector financiero, y cuyo
informe llega a conclusiones totalmente contrarias a las que ha llegado CMC.
La empresa ATKearney, autora del informe parcialmente plagiado por CMC, ha corroborado
por
escrito lo que ya nos temíamos: a la consulta realizada por CIC_FEC, nos ha confirmado que ni colabora ni ha colaborado nunca con la empresa CMC, y por tanto CMC no cuenta con autorización para reproducir sus estudios o trabajos.
No nos
consta, ni
queda reflejado
en el
informe técnico, que
Caixabank haya
adoptado ninguna medida específica para reasignar los recursos e implantar un nuevo modelo o plan de mejora de la productividad, alineado con los cambios de la estructura. La única medida
específica que con el supuesto ERE se contempla, es la reducción del coste fijo de personal
mediante extinciones de contratos de trabajo.
“Todo ello, si bien es entendible desde el punto de vista estrictamente subjetivo productivo empresarial, no lo es desde el punto de vista objetivo de la
legislación laboral y de
responsabilidad social a la que, empresas como CaixaBank se deben,
porque no hay causa económica que ampare la destrucción de empleo, cuando la misma sólo se basa en la conveniencia empresarial
de obtener
un mayor beneficio,
y
no en pérdidas, presentes o futuras, o en decrecimiento evidente que dificulten su sostenibilidad futura”
CIC-FEC manifiesta ante la
mesa, que se trata de
una
decisión empresarial interesada y subjetiva, que no se ajusta al ineludible requisito de objetividad por imperativos de la
producción o de la gestión de la empresa que proclama el art. 51,
y que al ser subjetiva impide
la aplicación del precepto y determina que los despidos lo sean sin justa causa.
TERCERO: LEGISLACIÓN VIGENTE EN RELACIÓN AL PERíODO LEGAL DE CONSULTAS:
Abierto el período legal
de
consultas, CIC-FEC, exigimos:
- Tanto a CaixaBank como a la representación conjunta que se atribuye el 96,83% de la
RLT,
que
cumplan escrupulosamente durante el procedimiento legal con el deber de
negociar de buena fe, que hasta el momento no se ha cumplido, y ha sido denunciado públicamente y oficialmente ante la mesa negociadora por el resto de la RLT, y en caso contrario, que se responsabilicen
de
las consecuencias derivadas de la
nulidad del
mismo.
- El
mapa de Excedente de puestos de trabajo 3.002 entregado en la sesión del día 14 de marzo, no atiende a los requisitos legales :
o Ni en relación al desglose de la información: “Cuando el procedimiento de
despido colectivo afecte a más
de
un centro de trabajo, esta información deberá estar desglosada por centro de trabajo
y, en su caso,
provincia y
Comunidad Autónoma.”
o Ni informa
de los
“Criterios tenidos
en
cuenta para la
designación de
los
trabajadores afectados por los despidos”.
o Además de contener errores en la afectación de empleados en ERTE, que CIC- FEC
ha
podido comprobar en al
menos 19 provincias.
- Nos
encontramos de
nuevo, ante una
documentación elaborada
bajo criterios
desconocidos,
poco transparentes y de poco rigor.
- Exigimos a Dirección que ponga a disposición de esta Mesa la documentación que demuestre el número REAL de horas trabajadas por la plantilla. Afirmamos,
y así lo ha
sancionado también
la Inspección de Trabajo en
más
de una ocasión, que al no existir
un
control horario real, la Dirección deja en indefensión a la RLT,
y en
esta negociación es fundamental dicha
información. Desde CIC-FEC afirmamos que las horas
trabajadas son muchas más de las que contempla el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro, con
lo
que tampoco tiene fundamento el despido de ningún trabajador.
CIC-FEC, apelamos nuevamente a la RESPONSABILIDAD SOCIAL de CAIXABAK, y exigimos que se adopte una actitud por todas las partes de INTERÉS REAL por negociar, y buscar soluciones
que
garanticen la eficiencia y
la
competitividad de CaixaBank, enmarcadas
en
una
temporalidad razonable y la voluntariedad,
y reiteramos nuestra propuesta de reasignación de las partidas de
bonus y ETT que evitaría más de 1.200 despidos.
Visión económica que enmarca las medidas de ajuste pretendidas por Caixabank:
CiC-FEC, ha hecho un esfuerzo de análisis sencillo, dado el poco tiempo disponible para la revisión de la documentación aportada por Dirección en la reunión de ésta mañana.
A continuación, y queremos que conste en acta, expondremos numéricamente la justificación de que las medidas pretendidas responden a una decisión empresarial
interesada y subjetiva, que no se ajusta al
requisito de objetividad por imperativos de la producción o de la gestión de
la empresa que proclama el articulo 51 ET y que por tanto, para CIC-FEC, esta subjetividad
impide la aplicación del precepto y determina que los despidos
mediante cualquier medida forzosa, lo sean sin causa justa.
RELEXIÓN ECONÓMICA QUE
ENMARCA LAS
MEDIDAS DE AJUSTE PROPUESTAS:
1. CIERRE OFICINAS
2012:
A finales de 2012, la empresa realizó el cierre de 128 oficinas en la DT Cataluña (sin entrar a valorar datos adicionales en la zona de expansión, que ahora no tenemos disponibles).
2. PREVISIÓN CIERRE OFICINAS
2013 SEGÚN INFORME CMC:
Previsión cierre de 944 oficinas.
3. SEGÚN MEMORIA AUAL 2012 DE RRHH, los gastos de personal
en 2012 incrementaron un 12,23%, 249MM de aumento en términos absolutos respecto a
2011.
4. EL COSTE REAL APROXIMADO DE UNA
OFICINA
RURAL DE 4 EMPLEADOS EN LA ZONA
TRADICIONAL, VIENE A
SER
DE 111.000€,
SIN
GASTOS DE PERSONAL.
5. Atendiendo a lo expuesto, estamos hablando del ahorro en CF de explotación sin
personal, que quedará recogido en la Cuenta de resultados de 2013.
Dicho esto, estamos hablando, de un ahorro de CF Explotación de 119MM.
Pedimos a Dirección, que reconsidere la propuesta presentada esta mañana, puesto que no se
ajusta a la realidad de la empresa.
El ahorro previsto de las medidas en curso, supone un ahorro efectivo del 50% del coste de personal incrementado, que se puede reasignar al mantenimiento de 1545 puestos de trabajo. Estamos hablando de absorber 119MM de coste fijo no productivo a personas que son las que aportan rendimiento a la empresa.
Pedimos que se recojan las medidas coyunturales ya propuestas por CIC-FEC en cuanto a Bonus y ETT, que ascienden a 96MM y permitirían mantener
1200 empleos más.
Finalmente, manifestamos que
es también responsabilidad social de Caixabank, ofrecer a toda la plantilla los mismos derechos y oportunidades, entendiendo
que
todos los empleados afectados por la medida de suspensión del pacto de 22 de mayo de 2012, han de ser readmitidos, como ya lo han sido 10 compañeros de este colectivo, desde 01-12-2012 hasta 1-02-2013; en este sentido para CIC-FEC, es inadmisible la propuesta de Dirección presentada esta mañana.
13 03 20 CIC-FEC Intervencion ERE 20032013
______________________________________________
PRONUNCIAMIENTO DE CGT SOBRE LA NEGOCIACIÓN
CONSIDERACIONES GENERALES
La negociación con poca o ninguna buena fe,
contrariamente a lo que se recoge en la normativa ya que además de no haber
tenido en cuenta otras alternativas antes del inicio de esta reestructuración,
no se ha proporcionado, a excepción del “manipulado” INFORME TÉCNICO que CGT no
reconoce, toda la información que ha debido ser facilitada al inicio del procedimiento, solicitada por CGT sin éxito.
Así no se pueden analizar las razones económicas,
técnicas, organizativas y de producción que avalen este proceso de despido
colectivo, perdiendo un mes de trabajo.
ASPECTOS GLOBALES DE LA REESTRUCTURACION
Para CGT, y así lo hemos transmitido en todos los
encuentros, existen determinadas “líneas rojas” que NUNCA vamos a apoyar si se
traspasan. Exigimos por tanto la VOLUNTARIEDAD en todas las medidas, el
mantenimiento DEL VOLUMEN DE EMPLEO, el rechazo a la CUATIFICACIÓN NUMÉRICA DE
LAS MEDIDAS, y la ELIMINACIÓN DEL ERTE de Banca Cívica.
Y, por supuesto, la eliminación de las HORAS EXTRAS, y aprobación de un
protocolo que las regule desde la VOLUNTARIEDAD
y la REMUNERACIÓN.
ASPECTOS PARTICULARES DE LA REESTRUCTURACION
PREJUBILACIONES
TOTALMENTE
VOLUNTARIAS, con una
indemnización del 85% a la horquilla de
entre 52 y 53 años y el 90% al resto, a partir de 54 años, de su salario
anual bruto, y con el acompañamiento de
medidas sociales y fiscales, sin incluir la seguridad social a cargo del
trabajador y sumándole la prestación por desempleo y no al contrario.
Como situación especial, CGT incluye en las
prejubilaciones a aquellas personas que, estando en activo en la entidad, tengan
reconocida por la administración una minusvalía o enfermedad grave, teniendo en
cuenta que su edad sea superior a 50 años o 20 años de antigüedad; con el
porcentaje de aplicación a las prejubilaciones de entre 52 y 53 años y el resto
de condiciones.
BAJAS INDEMNIZADAS
TOTALMENTE VOLUNTARIAS para cualquier trabajador/a que quiera acogerse a
la medida, con una indemnización de 50 días por año trabajado, sin tope y con
un mínimo de dos anualidades y la prestación del desempleo sin computar y
compensaciones adicionales por razón de edad y antigüedad.
SUSPENSIÓNES DE CONTRATO
NUEVAS
TOTALMENTE VOLUNTARIAS, con garantía legal de retorno y aportaciones a la
prestación por desempleo.
SUSPENSIÓNES DE CONTRATO
VIGENTES (ERTE)
Estos compañeros deben ser reincorporados en su
momento, según la letra del acuerdo.
MOVILIDAD GEOGRAFICA
TOTALMENTE VOLUNTARIAS, y con compensaciones económicas en función de la
necesidad de la entidad y no de la decisión del empleado excedente, con derecho
de retorno a partir de los dos años.
CGT- CAIXBANK
DEFENDIENDO LOS DERECHOS Y EL EMPLEO.
INACEPTABLE, TOTALMENTE INACEPTABLE, OS HABEIS ENTREGADO.
ResponderEliminarEmpezamos las prejubilaciones con un 65% ¿están locos? cuando en el el Santander se llega al 80 y 85 %, no lo entiendo.
ResponderEliminar¿que necesitais los sindicatos de nosotros para que la entidad admita este acuerdo?. Ya va siendo hora que nos pidais que necesitais de nosotros para que vuestra propuesta sea la valida.
ResponderEliminarPartiamos de la base, de que una empresa en beneficios, machacando a horas extras sin remunerar a sus empleados, el excedente de personal era una mera fantasia empresarial.
ResponderEliminarPartiamos, de que el cumpliento de los acuerdos con la "suspensos" era de obligado cumplimiento.
Partiamos, de que era la empresa la interesada en reducir personal.
Pues si era la interesada, como le "entregamos" este presunto acuerdo, que solo le beneficia a ella?????.
Evidentemente, tendreis que poner esto a votacion de los trabajadores, Os llevareis una sorpresa.
Lamentable propuesta de los Sindicatos.
ResponderEliminarMe preguno yo, si en los sindicatos, habra una lista como la del.....¿¿¿¿¿¿ barcenas,coño que no me salia, total, al final, lo dicho, si vikima, mangani, unga unga, si esta propuesta sale, son ustedes unos manipuladores.
ResponderEliminarVaya precedente que habeis creado, pobrecitos de nosotros para el futuro. si es que con USTEDES, hay futuro.
ResponderEliminarla baixada al 65% és inacceptable. La proposta ha der ser com es va dir inicialment del 80% tal com s'han prejubilat fins ara
ResponderEliminarCreeis que se van a acoger muchos compañeros a las prejubilaciones de los años 1954 y 1955 , al 65%,??????.
ResponderEliminarEra preferible haber puesto todo el empeño en reincorporar a los trabajadores "suspendidos", y haberse estado quietecito en
todo lo demas. HIJOS MIOS.
ANDA, TOMARSE UNA COPITA A NUESTRA SALUD, QUE OS LE TENEIS MERECIDO.
Importe
Eliminar65% de la retribución fija bruta anual percibida en los últimos 12 meses. Se excluyen bonus, pagos únicos compensatorios y similares. Detallar conceptos que no entran en anexo. Buscar fórmulas de compensación en los casos en que se supere el exento fiscal.
Fiscalidad
Exento hasta límites legales indemnización
Sras y Sres, con todo el cariño del mundo para los que estais escribiendo pestes, espero que los productos que vendeis en las oficinas o vendiais si teneis la desgracia de estar en ERTE, una gran desgracia, los supierais discernir y explicar mejor que lo que aquí habeis leido y criticado.
O es que en una prejubilación standar -80% a 85%-se puede cobrar de una sola vez???
O se cobra el paro???
Esto es vía ERE y hay un mínimo legal exento -cantidad que no exceda máximo por despido improcedente-.
Por esta parte NO SE TRIBUTA.
Lo que exceda es renta irregular generada en los años en que se ha trabajado en la empresa o antigüedad reconocida para los que proceden de fuera. Se resta el 40% y se tributa por la diferencia.
Lo del INEM -paro-, es renta regular trabajo.
En definitiva, en el 99.99% de los casos, es mucho mejor que una prejubilación standar al 80%-85%.
Menos mal que todos somos trabajadores del sector financiero, que sin menospreciar a nadie, hubiera que explicarselo a los del metal,....
Eres un listo sabes??....en todos los demás Eres del sector financiero, el porcentaje de la prejubilación, de media el 80%....con la misma fiscalidad que aquí, o a lo mejor tenemos un convenio especial con Hacienda y no lo sabemos. Eso es lo que queriamos decir...para clases de fiscalidad, siempre nos quedará Virtaula, y algún Dan que otro tan listo como tu.-
EliminarCon esta propuesta, se putea a miles de trabajadores, con 35,36,37,38,39,40 y hasta 41 años, en esta bendita "casa".
ResponderEliminarToda una vida trabajando, para que al final, llegen unos "notas", y te "puteen la existencia".
20.03.13. Todo se acelera, va tan rápido que no puedo fijar la vista en nada en concreto, todo pasa fugazmente. Sólo me quedan flashsazos. Casi recuerdos, o quizás premoniciones. Estoy triste.
ResponderEliminar21.03.13. Lo que ha pasado este último mes sigue siendo una pesadilla que no quiere acabar. Hoy leemos las propuestas de empresa y sindicatos, parece una bajada de pantalones en toda regla de éstos últimos. Continuo triste.
Mi vuelta depende de que otros compañeros se quieran jubilar ¿?.
ESO ES UNA GUASA, DEBE SER INNEGOCIABLE, ME DA IGUAL QUE SE JUBILEN 3.000 QUE 5.000 compañeros. (es una forma de hablar)
Claro, si las condiciones de prejubilación no son buenas, yo pierdo mi trabajo, parece un chiste. INACEPTABLE. INNEGOCIABLE.
Desde mi punto de vista, si estuviera en la situación de prejubilarme con el 65% (aunque es una basura respecto a otros casos) no tendría duda, pero evidentemente lo pienso desde mi perspectiva (la del suspendido), mi tren de vida no es muy alto pero mis deudas sí, por tanto pensar en un futuro con esa posibilidad, se me antoja seguramente sin deudas y con ganas de salir de la banca y comenzar a vivir. Por desgracia, no es mi tesitura.
En unas horas concentración, movilización, paripé o que sé yo…Eso sí, iré.
Señores, representantes sindicales, he percibido en su propuesta una clara pretensión a la baja, un órdago para que la empresa lo vea y se acabe la partida. Me voy a permitir la licencia de criticarla, tampoco me queda otra cosa, y no veo que sea para aplaudirla. En un repaso rápido, no he visto en ningún lado, en letras mayúsculas, color rojo y subrayado, que los 743 SOMOS INNEGOCIABLES.
Pienso, cogito ergo sum, NO.
PIENSO, pero no EXISTO para ustedes. Siento una tremenda envidia por los que tienen la posibilidad de prejubilarse (seguramente muy merecida), pero no puedo dejar de pensar en la paradoja que existe entre su situación y la nuestra, unos pueden trabajar con su 100% o no trabajar e irse con X% (aún por definir), y otros podemos volver o no volver. Ven señores sindicalistas que diferencias han creado entre, supuestamente, iguales. Nuestras cuotas sindicales son por el mismo importe, eso sí, quizás la suma de las nuestras no ofrezca un montante como la de los susceptibles de prejubilarse y la de los que quieren seguir trabajando como hasta ahora.
En una guerra, uno de los bandos, el que está a la defensiva y sólo quiere mantener la plaza y no ganar otra, está permitiendo “el fuego amigo”, los daños colaterales. ¿por qué a mí me debe tocar por dos ocasiones?, no tengo informes malos, no soy mal trabajador, no he discutido con mis jefes, no he tratado mal a mis compañeros, etc, etc. ES JUSTO ¿?, evidentemente No, pero quien ha permitido deliberadamente el fuego amigo para seguir “gobernando su plaza”¿?.
Nuestros representantes sindicales son peores que los de Santander o la empresa es peor, O AMBAS COSAS.
QUIERO VOLVER A TRABAJAR, QUIERO DEMOSTRAR LO QUE VALGO, NO QUIERO PRORROGAR MI SUSPENSION, NO QUIERO QUE SE NEGOCIE CON EL PAN DE MIS HIJOS, NO QUIERO 50 DIAS POR AÑO TRABAJADO, NO QUIERO, NO QUIERO, NO QUIERO………….QUIERO RESPIRAR.
Un aprobado
Tienes razon en lo que expones, pero partiamos de la premisa, de que los "suspendidos" eran de reincoporacion, obligando a la empresa a respetar los acuerdos.
EliminarEl otro asunto, el de excedente de personal, era una "quimeraa" de la empresa. "ver la situacion laboral de las oficinas, con 13 horas de trabajo por empleado.
Y en ultimo lugar, se trataba de conciliar un acuerdo, que no perjudicara, ni a los "suspensos" , ni a los que se "quedaron", concretanto la movilidad geografica, que se pudiera producir, por la bajas indemnizadas, por la posibles prejubilaciones, y por las excedencias.
No tengo muy claro, que esto, quede reflejado en esta propuesta.
Te deseo, todo lo mejor, para ti y tu familia.
Saludos.
DIOS MIO, QUE RAZÓN TIENES.
EliminarA qué estamos jugando?
Nosotros no somos trabajadores igual que los demás?
Qué criterio siguieron para enviarnos al ERE?
SINDICALISTAS, !!!!QUIERO SABER¡
¿PORQUE NO NOS DEFENDÉIS COMO TRABAJADORES DE PRIMERA?
ANTES NOS VENDISTEIS, DICIENDO QUE VOLVÍAMOS EN UN AÑO.
¿DONDE ESTA EL AÑO?
¿ES VERDAD QUE NOSOTROS SOMOS IN-NEGOCIABLES? NO LO VEO.
TENER PRESENTE QUE SI LO QUE FIRMASTEIS NO LO RESPETÁIS,
PENSAR, ¿QUIEN OS TENDRÁ EN CUENTA DESPUÉS?
SABIENDO QUE EN CUALQUIER MOMENTO: "DONDE DIGO, DIGO, DIGO DIEGO.
AHÍ QUEDA ESO.
Pero que parte estais yendo vosotros. La propuesta de los sindicatos, no dice que los del Erte se vayan.
EliminarYO desde luego que estoy en el grupo menor de 53 años me acojo con los ojos cerrados a 50 dias con un minimo de 2 anualidades y sin limite y 5000 euros por trienio. Pero es que ademas lo que dice que los que estamos en erte, se reincorporen, salvo se acojan a otras medidas. YO creo que estais leyendo lo que la empresa quiere pagar. La propuesta de los sindicatos es correcta. Por que no leeis bien.
Sólo espero que dado que los representantes sindicales suponen un porcentaje de la plantilla les afecte esta mierda de acuerdo en el mismo porcentaje.
ResponderEliminarPues puede que a alguien le pueda tocar.
EliminarPor probabilidad habrá más de uno.
Más de 800 delegados entre 32.000 personas los tiene que haber.
Lo que pasa es que:
1.- No es un acuerdo.
2.- La propuesta de la empresa, rechazada por todos es indecente.
3.- La propuesta sindical no es una mierda, siento discutirte esto, desde el cariño de compañero.
No es lo mismo lo que había hasta ahora -prejubilaciones standar- que hacerlas vía ERE.
Y te preguntarás, ¿cual es la diferencia?.
En la primera retención IRPF como salario, en función de tus ingresos. 80% - IRPF =????
En la forma vía ERE, dos años de paro con IRPF, logicamente.
65% con exención fiscal hasta máximo de indemnización por despido improcedente (45 días hasta 02.2012 y 33 días a partir de entonces).
Lo que exceda renta irregular con 40% exento y el resto a dividir entre los años trabajados.
Con todo el respeto.
Compañeros suspendidos, creo que la indignación por la propuesta de la Dirección no os está permitiendo ver con claridad. La propuesta de los grandes sindicatos deja claro que a los suspendidos se os tiene que readmitir sí o sí, salvo que os podáis y queráis acoger a alguna de las otras opciones de manera voluntaria, como es lógico.
ResponderEliminarSeñores de los sindicatos, en su propuestaecho en falta algo que llevan pidiéndo desde siempre, como la eliminación de los jueves por la tarde del horario de invierno. Esta medida supondría un ahorro de sueldos y salarios de aproximadamente 90 millones de euros al año.
ResponderEliminarTambién me hubiese gustado ver otro tipo de medidas voluntarias como la reducción de la jornada en horas o días, o la propuesta de supresión de los bonus.
Se supone que en un ERE se negocian medifas de flexibilidad interna que disminuyan el número de salidas de empleados de la empresa. No veo por ninguna parte que propongan reducir la cifra de 3.002 afectados.
Qué garantías tenemos de que si se firma el ERE, no vendrá la empresa a plantear otro el año que viene o en un futuro cercano con otro informe hecho a medida que diga que todavía sobran empleados?. En la firma de este acuerdo hay que establecer el compromiso de que no se va a volver a plantear ningún ERE mientras la empresa obtenga beneficios.
ResponderEliminarSi es verdad que funciona el ERE del año anterior, es de suponer que para los mayores de 50 años, sigue existiendo la cantidad adicional de 100.000,00 euros, aparte de los 35 dias y la cantidad adicional por años de prestación. Me lo puede confirmar alguien???. Si esto es así, sería bastante superior a lo ofertado en éste.
ResponderEliminarPero bueno,que COJONES pasa aquí, los sindicatos no tendrán "los mismos" de firmar nada ¿verdad? porque la empresa se limpia el culo con la firma de ellos, no les vendáis a los compañeros, si tienen "eso", que vayan y despidan de forma unilateral a la gente que ellos tienen apuntado.
ResponderEliminarYa vale de paños calientes, si se firma algo, los sindicalistas de cada provincia que miren para atrás antes de dar un paso, que la gente esta hasta hasta los mismos, "COJONES".
Ya no es hora de paños calientes, ahora va en serio, están jugando con el pan de nuestros hijos y esto si que es intolerable.
No creo que sean tan tontos los sindicatos de firmar nada?¿VERDAD? si no respeta la patronal el acuerdo (con firmas incluidas) de reintegrar a sus puestos de trabajo los que están en ERE que más se puede esperar?
ResponderEliminarSi la patronal no ACATA la última firma que hizo, ¿como podéis pensar (sindicatos) que van a respetar la de ahora? no seáis GILIPOLLAS y vendáis a vuestros compañeros.
Vuestra firma, la empresa (parece ser) se la pasa por el culo.
Llegado este momento, los sindicatos tienen que estar con la ESENCIA de la lucha obrera,
---NO QUIEREN RESPETAR UN ACUERDO """""FIRMADO"""""
¿QUE OS LLEVA A PENSAR QUE RESPETARAN EL SIGUIENTE?
>>>>>>>>NO SEAMOS ILUSOS, NI NOS TOMÉIS POR TONTOS<<<
AQUÍ NOS ESTAMOS JUGANDO MÁS DE LO QUE PENSÁIS
En el caso de las bajas incentivadas, los sindicatos hablan de las exenciones legales en cuanto a la tributación. ¿Alguien sabe exactamente como tributan las bajas incentivadas y cuales son esas exenciones legales?
ResponderEliminarLas exenciones legales en el caso de las bajas incentivadas se refiere a 45 dias por año trabajado hasta la Reforma Laboral y 33 dias por cada año posterior a la reforma, el importe que lo supere tributa como renta irregular, es decir, con reducción del 40%.
EliminarNo entiendo lo del limite que supere al 40% de reducción,como se calcula ese limite? yo llevo 24 años en la empresa, y actualmente en ERTE
EliminarSegún el planteamiento de los sindicatos mayoritarios en el caso de que te acojas a la baja incentivada cobrarías 50 días por año trabajado más un importe de 5.000 euros por cada trienio transcurrido. Para calcular la parte que está exenta calculamos a 45 dias por año trabajado hasta el año 2011, incluido, ya que la reforma laboral es del 2012, y a 33 dias por cada año desde la reforma, es decir 2012 y 2013. La diferencia entre esos dos importes totales es la que tendríamos que tributar. En qué forma tributaría en tu declaración? Como un rendimiento irregular, es decir, que se ha generado a lo largo de tus 24 años de trabajo, por lo tanto en tu declaracion no pagas impuestos por todo ese importe sino por el 60% del mismo.
EliminarYa lo dije cuando los impresentables de CCOO, saltandose todas las normas de una negociacion colectiva presentaron una propuesta en la mesa sin esperar la propuesta de la empresa, le estaban haciendo el trabajo sucio, pues la empresa lo tomo como los maximos que se le podria ofrecer a los trabjadores y ahora nos salen con esta ridicula propuesta, de que vais, seguis haciendole el trabajo a la empresa y ahora se os unen SECPB que era de esperar y lo relativamente inesperado UGT, VAYA TRES SINDICATOS DEFENSORES DE LOS TRABAJADORES VAYA MIERD.........
ResponderEliminarNo critiquemos tanto a los sindicatos, que por suerte o por desgracia son los unicos que se sientan en la mesa de negociación. Lo que hay que transmitirles es que cuentan con nuestro apoyo para cualquier medida de presión si viene al caso. A ver si luego nos vamos a quedar todos en casita como unos cobardes.
Eliminarsindicatos ,me dais verguenza!!!!!
ResponderEliminarComo todo trabajo, el de los sindicatos está expuesto a crítica y podéis pensar que se hace mejor o peor, sin duda, para eso están... pero lo que no creo que sea de recibo son los insultos.
ResponderEliminarEn cuanto a la propuesta, que os puede parecer mejor o peor, vamos a compararla con las prejubilaciones anteriores en Caixa.
Prejubilaciones anteriores en Caixa: 80% del salario bruto, sin ERE. Por tanto, resolución de mutuo acuerdo entre ambas partes sin exención fiscal, por tanto, tributaba toda la cantidad como rendimiento del trabajo. Sin posibilidad igualmente de la reducción por irregularidad del 40% porque no se cobraba en un único periodo impositivo.
EJEMPLO: Trabajador en ACTIVO, con 30 años de servicio en la empresa, y 58 años, que cobra 60.000 euros brutos,si a esta cantidad le restamos un 30% de IRPF y unos 2.000 € en concepto de Seguridad Social, el trabajador cobra en ACTIVO una cantidad neta de 40.000 €.
Con la prejubilación que existía anteriormente en Caixa, pasaría a cobrar 48.000 € brutos (el 80% de 60.000 €) que tras la aplicación del tipo impositivo (un 25% aproximadamente) cobraría neto 34.000 €.
Con la propuesta actual, en este caso, con los años de servicio en la empresa, la totalidad de la indemnización estaría exenta, por tanto, el 65% de 60.000 € suponen 39.000 €, prácticamente lo que cobraba en neto en activo (40.000 €) y más de lo que se estaba ofreciendo hasta ahora a las prejubilaciones en Caixa.
Es cierto que hay que atender a cada caso particular para conocer las connotaciones fiscales y como le afectan, pero es obvio que son bastantes mejores en el 95% de los casos.
En cuanto al caso Santander, estoy convencido que esas prejubilaciones se pactan como resolución de mutuo acuerdo entre ambas partes y, por tanto, fuera de un ERE (como ha hecho hasta ahora el Santander y Caixa), es decir, sin exención fiscal.
Creo que hay desinformación y por eso se emiten más críticas.
Ánimo a todos y, por favor, unidad y respeto.
Gracias,
sabes cuanto le darian a un empleado en activo que lleva 35 años y tenga 54 años
Eliminary una leche estais donde siempre , en la sombra y sin hacer nada de nada , solo el juego a la empresa , menos palabras y mas hechos o se os tiene que recordar como hemos llegado a esta situación
ResponderEliminarel acuerdo firmado del ERE es IRRENUNCIABLE, TIENEN QUE CUMPLIRLO antes de firmar nada, si no lo cumplen, no nos sirve nada, de nada de lo que firmen, esto está siendo una tortura que no se lo deseo ni al pero enemigo.
ResponderEliminarQUE LOS SINDICATOS LUCHEN, QUE NO NOS USEN DE MONEDA DE CAMBIO, QUE YA LOS FUIMOS EN SU MOMENTO, QUE NO FIRMEN SI NO CUMPLEN LO PACTADO. TENEMOS QUE ESTAR TODOS JUNTOS APOYANDO A LOS SINDICATOS, PERO QUE ESTOS NO NOS DEFRAUDEN, QUE EN ESTE MOMENTO SOMOS LOS MAS DEBILES.
cuanto le darian a un activo que lleve 35 años y tenga 54 años ?
Eliminar¿CUANDO SE VUELVEN A REUNIR?
ResponderEliminarPero que mas da lo que se firme???? si luego la empresa no cumple... Aun no se para que negocian si luego la empresa hace lo q quiere y se pasa los acuerdos por el forro.De verdad q no se de que sirven las negociaciones.
ResponderEliminarTotalmente de acuerdo. ¿Cómo podemos confiar en una empresa que no cumple los acuerdos firmados? Lo que hay que exigir es el cumplimiento del ERTE firmado y no usar a los suspendidos como moneda de cambio. Eso es ILEGAL y moralmente desdeñable.
EliminarVengan señores, pasen, pasen a ver la caraba. La que antes araba y ya no ara. La que todos le echabann palitos hasta que dobló las patas moribunda por el peso y la fatiga, la que rebuzna jarta trabajar, farta de alimentos y sin prejubilá porque cuando el 14 de marzo le ofreció la empresa prejubilación hasta el 75% del salario bruto unos cuantos quisieron estrujar más la baca, y ésta embistió con el cuerno que más giere rebajando hasta el 50% el jornal. ¡Pasen! ¡Pasen señores y vean estos cansado especímenes frutos de...
ResponderEliminar¿Pero qué estamos haciendo?
¿Cómo es posible que la empresa ofreciera el día 14 prejubilaciones hasta el 75% del salario bruto, http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/03/14/catalunya/1363275425_110379.html
y ahora los sindicatos ofrezcan el 60%?
cuando es la siguiente reunión, ¿estan ahora reunidos?
ResponderEliminar¿alguien lo sabe?
Uno se pregunta....¿quiénes son los responsables de que una empresa para ser competitiva tenga que prescindir de 3002 trabajadores?....alguien tiene que pagar ello no?
ResponderEliminarCaixabank "la Caixa" ha modificado su propuesta inicial, aunque deja claro que se acercan a sus límites negociables.
ResponderEliminarOs dejamos detalle de la misma
PREJUBILACIONES
Para las generaciones de 1954 o anteriores
Vía ERE (despido, con derecho a paro, y con exenciones fiscales)
Para los de 1954: 60% (equivalente al 80% en prejubilación normal).
Para los de 1955: 57% (equivalente al 75%).
Convenio especial hasta lo 63 años.
Aportaciones al plan de pensiones más primas de riesgo
Prejubilaiones entre 57 años (53):
Se aplicará criterio territorial
5 anualidades al 57%
convenio especial hasta los 62 años.
BAJAS INDEMNIZADAS
45 días por año,
límite de 42 mensualidades,
sin tope de importe.
Mínimo de 2 anualidades.
SUSPENSOS TEMPORALES
Reincorporación según los términos del acuerdo de mayo del 2012
Posibilidad de prórroga según dicho acuerdo.
Incorporación donde haya vacante.
Movilidad forzosa general, para poder cubrir las vacantes.
Medidas forzosas en caso de que no se cubran los 3002.
Esto ya pinta mejor...
Es vergonzoso ver como los COCOS se vanaglorian de la mierda que van a conseguir para los empleados en el apartado de Reestructuracion y Ere de Caixabank, cuelgan cantidad de piropos cuando ellos fueron los que seguramente compichados con la empresa ya que estan bien pagados, los que urdieron el plan de los despidos para despues salir con la empresa como los salvadores, cuando lo que hay que reivincidicar es cumplir lo que hay firmado y si la empresa le interesa quitarse lastre que lo page.
ResponderEliminarEs que era muy fuerte, eso de tener firmados unos puntos en un ERTE y 8 meses después no querer cumplir el principal que es la vuelta al puesto de trabajo de los afectados, era para que los sindicatos (esa mierda perteneciente a la empresa) se hubieran levantado de la mesa de negociaciones dando un puñetazo en la mesa y decir como en Fuenteovejuna "todos a una".
ResponderEliminar¿Quién paga a los sindicalistas? Entonces como coño van a defender con uñas y dientes a los trabajadores; hasta que no sean completamente independiente y su peculio venga de los trabajadores, aquí no hay nada que hacer.
Sinceramente yo no me podía creer que Caixabank hiciera lo que ayer proponían, porque lo lógico era readmitir a los ERTE,s y una vez dentro decir a toda la plantilla, señores vamos a despedir a 3000 trabajadores y lo vamos hacer de esta forma, que me imagino es lo que ahora tendrán previsto realizar.
Porque no se plantea aparte de las pre jubilaciones, el la quita de un 10% a todos los empleados y así intentar conseguir el echo de que nadie vaya a la calle.
ResponderEliminarNO A LAS BAJAS FORZOSAS, OTRAS ALTERNATIVAS COMO QUITAR EL BONUS, O BAJADAS SALARIALES, Y SOBRE TODO ESOS 3002 TRABAJADORES, ¿NO SERÁ CUESTION DE TRATAR DE BAJARLOS?
ResponderEliminarA LOS SINDICATOS QUE SEPAN QUE ESTAMOS CON ELLOS, QUE NO FIRMAN NINGUNA BAJA FORZOSA, NINGUNA.
Y los traslados, podrán mover nuevamente a los trasladados?, o volverán a estar en la picota nuevamente!!!.
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