En la reunión de esta tarde, primera del periodo de consultas, se ha presentado plataforma cunjunta de los sindicatos CCOO, SECPB, y UGT, con la siguiente propuesta, que os dejamos para vuestra valoración, no perdamos de vista lo que Caixabank ha puesto encima de la mesa en la reunión de esta mañana,
PROPUESTA DE LA PLATAFORMA CONJUNTA DE CCOO, SECPB, Y UGT
PREJUBILACIONES (vía ERE
como despido colectivo art.51 ET)
Edad de acceso
Nacidos en los años 1954, 1955, 1956, 1957, 1958 y 1959
Momento del
acceso
Repartido entre 2013, 2014 y 2015 (tres años): 1954 salida inmediata, 1955 segundo semestre 2013, 1956 primer semestre 2014, 1957 segundo
semestre 2014, 1958 primer semestre 2015, 1959 segundo semestre 2015
Cobertura
Hasta los 63 años (o hasta 2 años antes de la edad ordinaria de jubilación)
Importe
65% de la
retribución fija bruta anual percibida en los últimos 12 meses. Se excluyen bonus, pagos únicos compensatorios y
similares. Detallar
conceptos que no entran en anexo. Buscar fórmulas de compensación en los casos en que se supere el exento fiscal.
Forma de cobro
Renta mensual o importe único, a
elección de la
persona prejubilada
Revalorización,
importe /tasa, descuento
Revalorización anual en el mismo porcentaje que el sueldo base del convenio de referencia
Convenio Especial
Hasta los 63 años (o hasta 2 años antes de la primera edad de
jubilación)
Revalorización convenio especial
La misma que las bases máximas
Descuento importe prestación desempleo
Sin descuento
Tope máximo
Sin tope de ningún tipo
Fiscalidad
Exento hasta límites legales indemnización
Obligatoriedad
No para el trabajador, sí para la empresa
Plan de Pensiones: aportación para
jubilación
Se mantienen como partícipes con la
misma aportación que tenían en el mes anterior a la
prejubilación
revalorizada cada 1 de enero al 1% anual, hasta la jubilación
Plan de Pensiones: Pensiones cobertura de
riesgos
Se mantienen hasta la
jubilación
Plan de Pensiones: liquidez
En los supuestos de cobro del
importe único, podría contemplarse, a
opción de la persona interesada, la
posibilidad de poder movilizar sus derechos consolidados siempre que renunciara a
las
aportaciones futuras y a la cobertura de riesgos
Otros beneficios sociales
Póliza sanitaria gratuita. En el momento de la
jubilación pasa cargo de la
persona jubilada en condiciones preferentes.
Condiciones financieras
Las establecidas para el personal pasivo: 1ª cuenta Euribor, 2ª cuenta Euribor – 0,10,
tarjetas sin comisiones: 1 Visa Oro y dos Visa Estrella,
préstamo
personal hasta 30.000 euros a Euribor + 0,30). Exención de comisiones en las mismas condiciones que el personal activo
Préstamos vigentes /cuenta de crédito
Se mantienen los préstamos vigentes en condiciones de empleado hasta su amortización definitiva
Anticipos vigentes
Préstamo personal para sustituir anticipo
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios
Otros requisitos
No realizar ningún tipo de actividad por cuenta propia o ajena que suponga competencia
con las que realiza CaixaBank
BAJAS INDEMNIZADAS (*)
(*) Hay que tener en cuenta que sigue vigente el ERE de Banca Cívica, con bajas indemnizadas a 35 días por año.
Acceso
Voluntario para la persona, obligatorio para la
empresa.
Limitación acceso
Posibilidad de establecer númerus clausus si las solicitudes superan las
ofertas en un ámbito determinado (provincia o comunidad autónoma). El
número ofertado será establecido previamente y las
solicitudes se atenderán de acuerdo a criterios objetivos (antigüedad, enfermedad, …).
Indemnización
50 días por año.
Cálculo
Establecer qué conceptos no entran para el cálculo.
Límites
Sin límite.
Prima antigüedad adicional
5.000 euros adicionales por cada tres años cumplidos (sin límites).
Importe mínimo
2 anualidades (sin límites).
Importe máximo
Sin importe máximo.
Fiscalidad
Indemnización total exenta hasta los límites legales (resto renta irregular).
Prestación por desempleo
Si.
Fecha de efectos
Inmediata a
partir de la firma del ERE /
Fijar un plazo para las salidas hasta un fecha determinada.
Plan de Pensiones
Pasan a
partícipes en suspenso, con posibilidad de movilizar los derechos consolidados.
Otros beneficios sociales
En el momento de la extinción posibilidad de
adscripción sin condiciones a la póliza 5001 (ni carencia ni cuestionario de
salud)
Condiciones financieras
Condiciones preferentes.
Préstamos vivienda
Período previo opcional de mantenimiento de las condiciones durante un tiempo de 5 años. Reconversión
a condiciones preferentes de cliente (por ejemplo Euribor + 0,30). Garantía hipotecaria. Posibilidad ampliación
plazo. Posibilidad de incluir gastos de formalización. Sin límites por tasación.
Posibilidad de refinanciar otras deudas si la tasación lo permite.
Préstamos personales, cuentas crédito
anticipos
Deberán cancelarse o reconvertirse a condiciones
de cliente. En ests caso, se tramitará un nuevo préstamo personal amortizable
con las siguientes condiciones especiales:
·
Préstamo personal amortizable
·
Amortización mensual
·
Sin carencia
·
EURIBOR (ANUAL*)+1,25
·
Revisión anual
·
Plazo máximo 7 años
·
Límite máximo deuda vigente
·
Sin mínimo (floor)
·
Sin comisiones
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios.
EXCEDENCIAS INCENTIVADAS
Duración
Entre 3 y
5 años, según voluntad persona.
Requisitos acceso
Acceso voluntario. Concesión obligatoria para la
empresa.
Limitaciones acceso
Posibilidad de establecer númerus clausus si las solicitudes superan las ofertas en un ámbito determinado (provincia o comunidad autónoma). El
número ofertado será establecido previamente y las
solicitudes se atenderán de acuerdo a
criterios objetivos (conciliación, etc.).
Efectos
Inmediata a
partir de la firma del ERE /
Fijar un plazo para las salidas hasta una fecha determinada.
Importe complemento
40% de la retribución fija bruta anual percibida en los últimos 12
meses, con u mínimo de 15.000 euros anuales y un máximo de 25.000 euros.
Revalorización
La misma que experimente el salario base del convenio colectivo de aplicación.
Cálculo
Establecer con claridad qué conceptos entran para el cálculo (o en su defecto hacer una lista cerrada de los que no entran).
Plan de Pensiones: aportación para
jubilación
Se mantienen como partícipes con la
misma aportación que tenían en el mes anterior a la
excedencia, hasta su reingreso.
Plan de Pensiones: aportación para
riesgos
Se mantienen hasta su reingreso.
Beneficios sociales
Mantenimiento de la
póliza sanitaria gratuita.
Préstamos vivienda
Posibilidad de suspender amortización de capital hasta
reingreso.
Préstamos personales
Posibilidad de suspender amortización de capital hasta
reingreso.
Anticipos
Suspensión opcional amortización hasta reingreso.
Condiciones financieras
Mantenimiento de las condiciones de activo.
Pagos compensatorios
No retrocesión de los pagos compensatorios
percibidos.
Reingreso
A la finalización de la excedencia, reingreso inmediato en el centro de trabajo de origen o
en otro centro en un radio máximo de 25 kms. En el caso de que la
persona opte por no reingresar al finalizar la
excedencia, tendrá derecho a las compensaciones establecidas para las bajas indemnizadas.
REQUISITOS
Personal en situación de contrato
Reincorporación personal en situación de suspensión de contrato en la
fecha prevista, a menos que se acoja a
alguna de las medidas ofertadas, o
que
voluntariamente opte por prorrogar un año más la suspensión, tanto si la
suspensión fue voluntaria como si fue forzosa.
Cláusula de cierre
No inclusión de ninguna cláusula de cierre.
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PRONUNCIAMIENTO DE CIC-FEC SOBRE LA NEGOCIACIÓN
PRIMERO: CIERRE DE LA MESANEGOCIADORA
Atendiendo a la aplicación inminente del endurecimiento
en las condiciones de acceso a la jubilación anticipada, del RD ley
5/2013 de 16 de marzo de 2013, y con la finalidad de favorecer la
salida
de
los empleados
susceptibles de acogerse a la
medida voluntaria de
prejubilación que
pueda quedar
recogida en el
PRETENDIDO
acuerdo
de la
mesa de
negociación de ERE, CIC-FEC, damos conformidad al cierre de la mesa de consultas amparada en la Disposición Adicional Segunda del Convenio de Cajas de Ahorro 2011-2014, y apertura de la mesa oficial de negociación por el procedimiento establecido en el artículo 51, a petición de la empresa.
Además, queremos hacer constar que así nos evitaremos perder el tiempo una semana más, ya que en el período desde la constitución de la mesa hasta hoy,
en las reuniones sólo ha
habido teatro, y en algunos casos teatro del malo; en ningún momento se ha negociado,
ni
se han buscado soluciones alternativas al despido colectivo. Además se han rechazado
las propuestas
de
medidas coyunturales que hemos puesto
encima de la
mesa
por
nuestra parte, sin ningún tipo de razonamiento o explicación.
En fin, que la negociación de buena fe ha brillado por su ausencia, y se ha construido una
apariencia de negociación que nunca se ha dado,
como se demuestra en las actas,
con lo que consideramos que no se ha cumplido con lo establecido en la Disposición Adicional segunda del Convenio de Cajas de Ahorro.
CIC-FEC nos ratificamos en las intervenciones realizadas hasta la fecha, y reiteramos que a
fecha de hoy estamos ante causas coyunturales y no estructurales.
SEGUNDO: APERTURA DE LA MESA NEGOCIADORA
ART51 ET
Al inicio
de esta
mesa negociadora, y dado que
ya tenemos
unos antecedentes
CIC-FEC
queremos manifestar lo siguiente:
Según el informe técnico de CMC, CaixaBank ha
implantado medidas de contención de gastos de explotación. Se pretende justificar que la única medida posible para el ajuste futuro del
gasto es la partida de gastos de personal.
CIC-FEC, concluye que la empresa CMC ha realizado un mal uso de la información puesta a su
disposición, utilizando las fechas y los datos a su favor para llegar a unas conclusiones que
justifiquen el cumplimiento de las causas organizativas y productivas que pretende alegar la empresa CaixaBank.
Por todo ello, el informe técnico presentado, resulta sumamente cuestionable y carente de
credibilidad y rigor, además
de
contener fragmentos plagiados del informe sectorial elaborado por la empresa
AT Kearney, empresa que sí es
especialista
en el sector financiero, y cuyo
informe llega a conclusiones totalmente contrarias a las que ha llegado CMC.
La empresa ATKearney, autora del informe parcialmente plagiado por CMC, ha corroborado
por
escrito lo que ya nos temíamos: a la consulta realizada por CIC_FEC, nos ha confirmado que ni colabora ni ha colaborado nunca con la empresa CMC, y por tanto CMC no cuenta con autorización para reproducir sus estudios o trabajos.
No nos
consta, ni
queda reflejado
en el
informe técnico, que
Caixabank haya
adoptado ninguna medida específica para reasignar los recursos e implantar un nuevo modelo o plan de mejora de la productividad, alineado con los cambios de la estructura. La única medida
específica que con el supuesto ERE se contempla, es la reducción del coste fijo de personal
mediante extinciones de contratos de trabajo.
“Todo ello, si bien es entendible desde el punto de vista estrictamente subjetivo productivo empresarial, no lo es desde el punto de vista objetivo de la
legislación laboral y de
responsabilidad social a la que, empresas como CaixaBank se deben,
porque no hay causa económica que ampare la destrucción de empleo, cuando la misma sólo se basa en la conveniencia empresarial
de obtener
un mayor beneficio,
y
no en pérdidas, presentes o futuras, o en decrecimiento evidente que dificulten su sostenibilidad futura”
CIC-FEC manifiesta ante la
mesa, que se trata de
una
decisión empresarial interesada y subjetiva, que no se ajusta al ineludible requisito de objetividad por imperativos de la
producción o de la gestión de la empresa que proclama el art. 51,
y que al ser subjetiva impide
la aplicación del precepto y determina que los despidos lo sean sin justa causa.
TERCERO: LEGISLACIÓN VIGENTE EN RELACIÓN AL PERíODO LEGAL DE CONSULTAS:
Abierto el período legal
de
consultas, CIC-FEC, exigimos:
- Tanto a CaixaBank como a la representación conjunta que se atribuye el 96,83% de la
RLT,
que
cumplan escrupulosamente durante el procedimiento legal con el deber de
negociar de buena fe, que hasta el momento no se ha cumplido, y ha sido denunciado públicamente y oficialmente ante la mesa negociadora por el resto de la RLT, y en caso contrario, que se responsabilicen
de
las consecuencias derivadas de la
nulidad del
mismo.
- El
mapa de Excedente de puestos de trabajo 3.002 entregado en la sesión del día 14 de marzo, no atiende a los requisitos legales :
o Ni en relación al desglose de la información: “Cuando el procedimiento de
despido colectivo afecte a más
de
un centro de trabajo, esta información deberá estar desglosada por centro de trabajo
y, en su caso,
provincia y
Comunidad Autónoma.”
o Ni informa
de los
“Criterios tenidos
en
cuenta para la
designación de
los
trabajadores afectados por los despidos”.
o Además de contener errores en la afectación de empleados en ERTE, que CIC- FEC
ha
podido comprobar en al
menos 19 provincias.
- Nos
encontramos de
nuevo, ante una
documentación elaborada
bajo criterios
desconocidos,
poco transparentes y de poco rigor.
- Exigimos a Dirección que ponga a disposición de esta Mesa la documentación que demuestre el número REAL de horas trabajadas por la plantilla. Afirmamos,
y así lo ha
sancionado también
la Inspección de Trabajo en
más
de una ocasión, que al no existir
un
control horario real, la Dirección deja en indefensión a la RLT,
y en
esta negociación es fundamental dicha
información. Desde CIC-FEC afirmamos que las horas
trabajadas son muchas más de las que contempla el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro, con
lo
que tampoco tiene fundamento el despido de ningún trabajador.
CIC-FEC, apelamos nuevamente a la RESPONSABILIDAD SOCIAL de CAIXABAK, y exigimos que se adopte una actitud por todas las partes de INTERÉS REAL por negociar, y buscar soluciones
que
garanticen la eficiencia y
la
competitividad de CaixaBank, enmarcadas
en
una
temporalidad razonable y la voluntariedad,
y reiteramos nuestra propuesta de reasignación de las partidas de
bonus y ETT que evitaría más de 1.200 despidos.
Visión económica que enmarca las medidas de ajuste pretendidas por Caixabank:
CiC-FEC, ha hecho un esfuerzo de análisis sencillo, dado el poco tiempo disponible para la revisión de la documentación aportada por Dirección en la reunión de ésta mañana.
A continuación, y queremos que conste en acta, expondremos numéricamente la justificación de que las medidas pretendidas responden a una decisión empresarial
interesada y subjetiva, que no se ajusta al
requisito de objetividad por imperativos de la producción o de la gestión de
la empresa que proclama el articulo 51 ET y que por tanto, para CIC-FEC, esta subjetividad
impide la aplicación del precepto y determina que los despidos
mediante cualquier medida forzosa, lo sean sin causa justa.
RELEXIÓN ECONÓMICA QUE
ENMARCA LAS
MEDIDAS DE AJUSTE PROPUESTAS:
1. CIERRE OFICINAS
2012:
A finales de 2012, la empresa realizó el cierre de 128 oficinas en la DT Cataluña (sin entrar a valorar datos adicionales en la zona de expansión, que ahora no tenemos disponibles).
2. PREVISIÓN CIERRE OFICINAS
2013 SEGÚN INFORME CMC:
Previsión cierre de 944 oficinas.
3. SEGÚN MEMORIA AUAL 2012 DE RRHH, los gastos de personal
en 2012 incrementaron un 12,23%, 249MM de aumento en términos absolutos respecto a
2011.
4. EL COSTE REAL APROXIMADO DE UNA
OFICINA
RURAL DE 4 EMPLEADOS EN LA ZONA
TRADICIONAL, VIENE A
SER
DE 111.000€,
SIN
GASTOS DE PERSONAL.
5. Atendiendo a lo expuesto, estamos hablando del ahorro en CF de explotación sin
personal, que quedará recogido en la Cuenta de resultados de 2013.
Dicho esto, estamos hablando, de un ahorro de CF Explotación de 119MM.
Pedimos a Dirección, que reconsidere la propuesta presentada esta mañana, puesto que no se
ajusta a la realidad de la empresa.
El ahorro previsto de las medidas en curso, supone un ahorro efectivo del 50% del coste de personal incrementado, que se puede reasignar al mantenimiento de 1545 puestos de trabajo. Estamos hablando de absorber 119MM de coste fijo no productivo a personas que son las que aportan rendimiento a la empresa.
Pedimos que se recojan las medidas coyunturales ya propuestas por CIC-FEC en cuanto a Bonus y ETT, que ascienden a 96MM y permitirían mantener
1200 empleos más.
Finalmente, manifestamos que
es también responsabilidad social de Caixabank, ofrecer a toda la plantilla los mismos derechos y oportunidades, entendiendo
que
todos los empleados afectados por la medida de suspensión del pacto de 22 de mayo de 2012, han de ser readmitidos, como ya lo han sido 10 compañeros de este colectivo, desde 01-12-2012 hasta 1-02-2013; en este sentido para CIC-FEC, es inadmisible la propuesta de Dirección presentada esta mañana.
13 03 20 CIC-FEC Intervencion ERE 20032013
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PRONUNCIAMIENTO DE CGT SOBRE LA NEGOCIACIÓN
CONSIDERACIONES GENERALES
La negociación con poca o ninguna buena fe,
contrariamente a lo que se recoge en la normativa ya que además de no haber
tenido en cuenta otras alternativas antes del inicio de esta reestructuración,
no se ha proporcionado, a excepción del “manipulado” INFORME TÉCNICO que CGT no
reconoce, toda la información que ha debido ser facilitada al inicio del procedimiento, solicitada por CGT sin éxito.
Así no se pueden analizar las razones económicas,
técnicas, organizativas y de producción que avalen este proceso de despido
colectivo, perdiendo un mes de trabajo.
ASPECTOS GLOBALES DE LA REESTRUCTURACION
Para CGT, y así lo hemos transmitido en todos los
encuentros, existen determinadas “líneas rojas” que NUNCA vamos a apoyar si se
traspasan. Exigimos por tanto la VOLUNTARIEDAD en todas las medidas, el
mantenimiento DEL VOLUMEN DE EMPLEO, el rechazo a la CUATIFICACIÓN NUMÉRICA DE
LAS MEDIDAS, y la ELIMINACIÓN DEL ERTE de Banca Cívica.
Y, por supuesto, la eliminación de las HORAS EXTRAS, y aprobación de un
protocolo que las regule desde la VOLUNTARIEDAD
y la REMUNERACIÓN.
ASPECTOS PARTICULARES DE LA REESTRUCTURACION
PREJUBILACIONES
TOTALMENTE
VOLUNTARIAS, con una
indemnización del 85% a la horquilla de
entre 52 y 53 años y el 90% al resto, a partir de 54 años, de su salario
anual bruto, y con el acompañamiento de
medidas sociales y fiscales, sin incluir la seguridad social a cargo del
trabajador y sumándole la prestación por desempleo y no al contrario.
Como situación especial, CGT incluye en las
prejubilaciones a aquellas personas que, estando en activo en la entidad, tengan
reconocida por la administración una minusvalía o enfermedad grave, teniendo en
cuenta que su edad sea superior a 50 años o 20 años de antigüedad; con el
porcentaje de aplicación a las prejubilaciones de entre 52 y 53 años y el resto
de condiciones.
BAJAS INDEMNIZADAS
TOTALMENTE VOLUNTARIAS para cualquier trabajador/a que quiera acogerse a
la medida, con una indemnización de 50 días por año trabajado, sin tope y con
un mínimo de dos anualidades y la prestación del desempleo sin computar y
compensaciones adicionales por razón de edad y antigüedad.
SUSPENSIÓNES DE CONTRATO
NUEVAS
TOTALMENTE VOLUNTARIAS, con garantía legal de retorno y aportaciones a la
prestación por desempleo.
SUSPENSIÓNES DE CONTRATO
VIGENTES (ERTE)
Estos compañeros deben ser reincorporados en su
momento, según la letra del acuerdo.
MOVILIDAD GEOGRAFICA
TOTALMENTE VOLUNTARIAS, y con compensaciones económicas en función de la
necesidad de la entidad y no de la decisión del empleado excedente, con derecho
de retorno a partir de los dos años.
CGT- CAIXBANK
DEFENDIENDO LOS DERECHOS Y EL EMPLEO.