Documento:
B.O.Registro Mercantil Silk y Silk Aplicaciones S.L. (02 01 12)
Nota legal:
"Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
|
TITULO III DE LA ESCISIÓN.CAPÍTULO I.DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 70. Escisión parcial.
1. Se entiende por escisión parcial el traspaso en bloque por sucesión universal de una o varias partes del patrimonio de una sociedad, cada una de las cuales forme una unidad económica, a una o varias sociedades de nueva creación o ya existentes, recibiendo los socios de la sociedad que se escinde un número de acciones, participaciones o cuotas sociales de las sociedades beneficiarias de la escisión proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde y reduciendo ésta el capital social en la cuantía necesaria.
2. Si la parte del patrimonio que se transmite en bloque está constituida por una o varias empresas o establecimientos comerciales, industriales o de servicios, podrán ser atribuidas a la sociedad beneficiaria las deudas contraídas para la organización o el funcionamiento de la empresa que se traspasa."