martes, 17 de enero de 2017

Clasificado: , ,

Horas extras sin controlar en la Banca, se aproxima el desenlace

La inspección de Trabajo presiona a la banca por las horas extra que no paga a su plantilla
Los inspectores de Trabajo han estrechado el cerco sobre el sector financiero, tras las numerosas denuncias cursadas por los sindicatos por el exceso de horas fuera de la jornada laboral que no se remunera a los empleados de banca.
“Cientos de inspecciones de trabajo, quizá miles, según nuestros cálculos, han resuelto que los empleados de la banca están realizando una jornada laboral mucho más extensa que la que les corresponde. No sólo es una explotación, sino un fraude a Seguridad Social y la Hacienda Pública, ya que los bancos no están pagando cotización por esas horas”, explican fuentes sindicales.
Entre enero y septiembre de 2016, últimos datos disponibles, 101.500 empleados del sector financiero y de seguros realizaron horas extraordinarias que no fueron remuneradas, según las estadísticas de la EPA (Encuesta de Población Activa), que elabora el INE. Esta cifra supone un 8% del total de empleados en el sector, según la misma Encuesta. Las cifras quedan por debajo de las reales, en opinión de los representantes de los empleados.
AEB y CECA, representadas por el bufete Sagardoy, y CCOO y UGT negociarán un marco que regule la jornada laboral
Esta situación irregular, que desde hace años ha sido denunciada por los sindicatos y que se ha materializado en numerosas sanciones a los bancos, que son recurridas recurrentemente, ha forzado a la banca sentarse a hablar con los sindicatos para pactar un acuerdo marco sobre el control y registro de la jornada de trabajo.
Las patronales del sector financiero AEB y CECA, representadas por el bufete Sagardoy, y CCOO y UGT acaban de constituir las mesas negociadoras con el objetivo de alcanzar, como tarde, un acuerdo el 15 de marzo. La banca aspira a la entrada en vigor del nuevo marco el 1 de julio.
Más de 100.000 empleados de banca no cobraron horas extras entre enero y septiembre de 2016, según la EPA
A la espera de que tenga lugar la primera reunión, prevista para el 25 de enero, los sindicatos, por un lado, y Sagardoy, por otro, han intercambiado ideas y líneas generales sobre las que articular el acuerdo.
“Ante las actuaciones judiciales emprendidas por algunos sindicatos y las actuaciones de la Inspección de Trabajo, en las que se hace una interpretación muy exigente del deber de registro de la jornada previsto en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, es conveniente explorar la posibilidad de un acuerdo marco […] que permita encauzar de una manera racional el cumplimiento del citado requerimiento legal, haciéndolo compatible con las políticas de flexibilidad en la distribución de la jornada […]”, explica Sagardoy en un documento interno.
Ambas partes coinciden en que hay que llegar a un compromiso para garantizar el cumplimiento de la jornada anual pactada en el convenio colectivo aplicable.
Sin embargo, los sindicatos reconocen la dificultad de lograr mecanismos que aseguren que se respetan los horarios. Recuerdan que en 2015, Bankia fue condenada a establecer un sistema que permitiese contabilizar las horas extra. La entidad lo ha implementado, pero consideran que su funcionamiento no es riguroso.
“Desde hace casi un año, hemos estado negociando con Santander, BBVA y CaixaBank a nivel interno y la relación no fue muy fluida. Finalmente, se han paralizado las conversaciones porque se decidió crear un acuerdo marco para todo el sector financiero, ya que el problema está generalizado”, añaden desde uno de los sindicatos implicados.
Actualmente, el convenio del sector bancario, representado por la AEB, fija el número de horas anuales en 1.700, mientras que el de las antiguas cajas de ahorro, representadas por CECA, se sitúa en 1.640. Según fuentes sindicales, en un sector en el que se da por hecho que hay que trabajar por las tardes, aunque sea fuera del convenio colectivo, el exceso de jornada supera el 30%.
Santander, CaixaBank, BBVA y Popular, entre otros, han recibido sanciones en primera instancia por parte de la inspección de Trabajo. “Los inspectores han impuesto muchas sanciones de entre 1.000 y 5.000 euros, pero la banca las recurre una y otra vez, agotando la vía administrativa, contenciosa y así hasta llegar al Supremo”, explican los representantes sindicales.
Junto a las denuncias de los sindicatos y las inspecciones de trabajo, una sentencia ha sido clave para sentar a patronales y sindicatos. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó una sentencia de 6 de mayo del año pasado, recordando, de acuerdo con el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, que las empresas tienen obligación de registrar cada día la jornada de trabajo de los trabajadores, la obligación de informar a los trabajadores del cómputo y la obligación de tener dicha información accesible para la inspección

Derecho a la desconexión

CCOO y UGT han elaborado una guía de buenas prácticas que negociarán con las patronales en la que reivindican el derecho a la desconexión, según el cual, “salvo excepciones justificadas desde las 19:00 horas hasta las 7:30 del siguiente día laborable, se instrumentará un apagón generalizado de luces en los centros de trabajo, y de mensajes en teléfonos, ordenadores portátiles o tablets corporativas”.
Del mismo modo, reclaman que “el contacto telefónico entre las personas superiores jerárquicas y el personal a su cargo, así como el envío de correos electrónicos o de mensajería de cualquier tipo, para asuntos que no puedan esperar al principio de la jornada laboral del día siguiente, se reducirá al mínimo imprescindible para el buen funcionamiento de la actividad productiva, y en ningún caso podrá contener mandatos, exigencias o requerimientos para realizar cualquier tipo de actividad laboral fuera de la jornada ordinaria, incluido el envío de reportes, resúmenes o compromisos de actividad productiva”.
Los sindicatos quieren que los empleados no sean contactados por email, teléfono u otras vías, entre las 19.3o y 7,30
La guía de buenas prácticas contempla que “con carácter general, las reuniones para la realización de cualquier actividad fuera de los límites de la jornada ordinaria no podrán sobrepasar las 19:00 horas”.
Y recoge que “el tiempo dedicado a las convocatorias para la realización de cualquier actividad fuera de los límites de la jornada ordinaria será computado como de trabajo efectivo”.
Los sindicatos negociarán la prohibición de la realización de horas extraordinarias en contrataciones a tiempo parcial, para la formación y el aprendizaje, a menores de edad y a los trabajadores en horario nocturno.
También solicitarán que las convocatorias para cualquier actividad (cursos presenciales, reuniones, livemeeting, presentaciones, información, etcétera) en horario fuera de los límites de la jornada ordinaria se convoquen por escrito, con indicación expresa de la voluntariedad de su asistencia y con una antelación mínima de 48 horas.
Ana Antón (El Independiente)

1 comentarios:

  1. Hay una equivocacion de raiz en el articulo. Este sector no realiza actividad productiva alguna. A partir de la consideracion de esta verdad cabe pensar, en beneficio de la eficiencia, en la regulacion del ejercicio de esta actividad ociosa al margen de la jornada realmente laboral.

    ResponderEliminar